Guía por país · España · 7 min
Kilometraje como autónomo en España: no hay 0,26 €/km para tu propio coche
Muchas páginas sobre kilometraje para autónomos te dicen que multipliques tus kilómetros de trabajo por 0,26 €. Esa cifra es lo que una empresa puede pagar a un trabajador libre de impuestos. Como autónomo no deduces nada por kilómetro. Lo que cuenta son los gastos reales del coche, y solo en la medida en que las normas de tu territorio dejen que el coche cuente.
La respuesta corta
- Los 0,26 €/km no son para ti. Son la cantidad que una empresa puede pagar a un trabajador libre de impuestos, según el Reglamento del IRPF art. 9.A.2.b), en la redacción de la Orden HFP/792/2023.
- Un autónomo no deduce ninguna cifra por kilómetro. En el régimen común, un coche es indivisible: o está afecto del todo o no lo está (Reglamento del IRPF art. 22.3). Lo que deduces son los gastos reales del coche, nunca kilómetros × una tarifa.
- El País Vasco y Navarra tienen su propia ley del IRPF, y ninguno de sus cuatro textos da tampoco al autónomo una cifra por kilómetro. Todos te remiten a una parte de los gastos reales del coche, con dos topes en euros al año.
- Aun así, merece la pena llevar un registro de tus desplazamientos. Es una prueba de cómo se usa el coche. Una factura de combustible prueba el combustible, no el desplazamiento.
De dónde salen los 0,26 €/km
El Reglamento del IRPF, artículo 9.A.2.b), declara exento lo que una empresa paga por los desplazamientos de un trabajador en su propio coche: 0,26 € por kilómetro. Los peajes y el aparcamiento justificados se suman, "siempre que se justifique la realidad del desplazamiento". Los 0,26 proceden de la Orden HFP/792/2023, en vigor desde el 17 de julio de 2023.
Cada palabra de esa norma habla de una asignación que paga una empresa. Fija el límite hasta el cual el pago no es renta del trabajador. No es un gasto que te deduzcas en tu propia declaración.
Una trampa más si consultas tú mismo la fuente. El texto consolidado del artículo 9 en el BOE todavía imprime 0,19 € en el cuerpo: «b) En otro caso, la cantidad que resulte de computar 0,19 euros por kilómetro recorrido…». Los 0,26 aparecen debajo solo como nota «Téngase en cuenta». El 0,19 es la cifra vigente hasta el 17 de julio de 2023.
Qué cubren los 0,26 para un trabajador está en kilometraje a 0,26 €/km; por qué la carga de la prueba recae en la empresa, en quién debe probar el desplazamiento.
Por qué «kilómetros × 0,26» falla para un autónomo
Pongamos que recorriste 12 000 kilómetros de trabajo en el año. El mito lleva 12 000 × 0,26 € = 3 120 € a tu declaración como gasto.
Ninguna norma da esos 3 120 € a un autónomo. Los 0,26 €/km son un instrumento de la empresa, así que no hay ningún gasto por kilómetro que consignar. Una cifra calculada así no es algo que puedas declarar.
Lo que va a la declaración son los gastos reales del coche, y solo si el coche está afecto a la actividad. Esa es la siguiente pregunta.
Lo que mira el IRPF: ¿está el coche afecto o no?
En el régimen común, la pregunta no es cuántos kilómetros fueron de trabajo. Es si el coche pertenece a la actividad.
El Reglamento del IRPF, art. 22.3, trata un elemento indivisible como afecto del todo o no afecto; no puede estar afecto en parte. Un coche es indivisible. Así que un coche que usas tanto para ir a ver clientes como para llevar a los niños al colegio no pasa a estar afecto al 60 % porque el 60 % de los kilómetros fueran de trabajo.
Si el coche está afecto, deduces sus gastos reales. Si no lo está, el impuesto sobre la renta no te da nada por él.
Las cinco excepciones del art. 22.4
El art. 22.4 permite que un elemento que se usa para fines privados solo "en días u horas inhábiles durante los cuales se interrumpa el ejercicio de dicha actividad" siga afecto del todo. Y a continuación excluye de esa regla los coches, "salvo los siguientes supuestos":
- a) Los vehículos mixtos destinados al transporte de mercancías.
- b) Los destinados a la prestación de servicios de transporte de viajeros mediante contraprestación.
- c) Los destinados a la prestación de servicios de enseñanza de conductores o pilotos mediante contraprestación.
- d) Los destinados a los desplazamientos profesionales de los representantes o agentes comerciales.
- e) Los destinados a ser objeto de cesión de uso con habitualidad y onerosidad.
Así que cinco tipos de coche siguen afectos del todo pese al uso privado fuera del horario de trabajo: un vehículo mixto de mercancías, un taxi, un coche de autoescuela, el coche de un agente comercial y un coche que se cede habitualmente a cambio de un precio. Eso es todo lo que hace el 22.4. No da a ningún coche una parte por uso mixto.
Cómo trata el IVA ese mismo coche, con otro criterio, está en IVA del coche para autónomos. Los dos impuestos pueden dar respuestas distintas para el mismo coche.
País Vasco y Navarra: sus propias normas
Con el Concierto Económico y el Convenio Económico, las tres provincias vascas y Navarra legislan su propio impuesto sobre la renta. La norma del territorio común no las rige, y ninguno de los cuatro textos da al autónomo una cifra por kilómetro. Todos te remiten a una parte de los gastos reales del coche. De los cuatro, solo Gipuzkoa mantiene la regla del elemento «indivisible».
Cada norma foral limita esa parte dos veces al año. Un tope se aplica al coste del coche: amortización, arrendamiento o cesión. El otro, a todo lo demás: combustible, seguro, reparaciones, aparcamiento y similares.
| Coche de uso mixto | Uso exclusivo en la actividad, probado | Norma | |
|---|---|---|---|
| Territorio común | indivisible — nada | afecto del todo, gastos reales | RIRPF art. 22.3 |
| Gipuzkoa | sin vía del 50 % — "En ningún caso serán susceptibles de afectación parcial elementos patrimoniales indivisibles" | coste del coche ≤ 6 000 € · otros gastos ≤ 7 200 € | NF 3/2014 art. 26.2; art. 27 regla 5ª Dos en la redacción de la NF 1/2025 (desde 2025) |
| Bizkaia | si el coche es notoriamente relevante y habitual: coste del coche ≤ 3 000 € · otros gastos ≤ 3 600 € | coste del coche ≤ 6 000 € · otros gastos ≤ 7 200 € | NF 13/2013 art. 27 regla 5ª Dos y Tres |
| Álava | el mismo criterio: coste del coche ≤ 3 000 € · otros gastos ≤ 3 600 € | coste del coche ≤ 6 000 € · otros gastos ≤ 7 200 € | NF 33/2013 art. 27 regla 5ª Dos y Tres, modificada por la NF 3/2025 |
| Navarra | por defecto: coste del coche ≤ 50 % × coeficiente × 25 000 € · otros gastos ≤ 4 000 € | coste del coche ≤ coeficiente × 25 000 € · otros gastos ≤ 7 000 € | TR IRPF art. 37 → Reglamento art. 21.5 → LF 26/2016 art. 23.3 |
Los textos vascos expresan también el tope del coste del coche como el coeficiente de amortización × 30 000 € (en Bizkaia y Álava, el 50 % de eso para un coche de uso mixto). Para un coche eléctrico lo elevan a 8 000 €, o coeficiente × 40 000 €, con uso exclusivo. En Navarra, los 4 000 € y 7 000 € limitan solo los gastos corrientes; el coste del propio coche se limita aparte mediante la base de 25 000 €.
Los topes son por coche y año, prorrateados si es parte de un año (en Navarra, por persona y año si una persona usa varios coches). Algunos vehículos quedan fuera de los topes: los tipos del 22.4 (vehículos mixtos de mercancías, transporte de viajeros con contraprestación, autoescuelas, agentes comerciales, coches cedidos), además de los de vigilancia y los coches de pruebas de los fabricantes.
Así que un autónomo navarro con un coche de uso mixto no se queda sin nada. La ley le da la mitad de los gastos, dentro de los topes. En Bizkaia y Álava, un coche notoriamente relevante y habitual en la actividad también obtiene el 50 %, y el uso exclusivo probado duplica los topes. En Gipuzkoa, como en el territorio común, un coche de uso mixto no obtiene nada salvo que esté afecto en exclusiva.
Los trabajadores de estos territorios tienen sus propias cifras por kilómetro: 0,29 € en las tres provincias vascas y 0,36 € en Navarra. También son lo que una empresa puede pagar, no lo que deduce un autónomo. Se explican en kilometraje en Navarra y el País Vasco. Incluso para un trabajador, el trayecto de casa al trabajo queda fuera: véase kilometraje de casa al trabajo.
Por qué sigue importando un registro de desplazamientos
En España no hay ningún modelo obligatorio de registro de kilometraje. Pero sin prueba, la deducción se pierde por la carga de la prueba de la Ley General Tributaria (LGT art. 105.1 y 106.4). Una factura de combustible prueba el combustible, no el desplazamiento. La falta de registros también puede abrir la estimación indirecta (art. 53.1.d, "aun por causa de fuerza mayor").
Lo que puede demostrar un registro depende de dónde declares:
- Territorio común y Gipuzkoa: si el coche se usa de verdad solo para la actividad o lleva también desplazamientos privados.
- Bizkaia y Álava: que el uso en la actividad es relevante y habitual, o exclusivo, si reclamas el 100 % y los topes más altos.
- Navarra: el uso exclusivo, si reclamas el 100 % en lugar del 50 % por defecto.
Un registro es una prueba. Hacienda la valora; no decide la cuestión por ti.
Cuánto tiempo conservarlo
La normativa tributaria española no fija un plazo concreto. La obligación va ligada al plazo de prescripción de cuatro años para liquidar (LGT art. 66.a), contado desde el día siguiente al fin del plazo de declaración (art. 67.1). El art. 70.3 mantiene la obligación mientras los registros sigan respaldando un ejercicio que pueda comprobarse. Para un coche, eso se remonta al inicio de su amortización.
La sanción del 1 % de la cifra de negocios del art. 200.3 es por no llevar los libros y registros que exige la normativa tributaria. Un registro de kilometraje no es uno de ellos; lo que cuesta no tenerlo es la deducción que no puedes probar.
Antes de presentar la declaración
- No has consignado como gasto los kilómetros de trabajo × 0,26 € (ni 0,29 €, ni 0,36 €).
- Sabes qué impuesto sobre la renta territorial se te aplica: común, Bizkaia, Gipuzkoa, Álava o Navarra.
- Territorio común o Gipuzkoa: sabes si el coche está afecto en exclusiva a la actividad. Si no lo está, el impuesto sobre la renta no te da nada por él. La única excepción está en el territorio común: uno de los cinco vehículos del art. 22.4, usado para fines privados solo fuera del horario de trabajo.
- Bizkaia, Álava o Navarra: sabes qué parte de los gastos reales se aplica. Conoces también sus dos topes: el del coste del coche y el de los demás gastos.
- Tienes las facturas de los gastos del coche y un registro de los desplazamientos que muestra cómo se usó.
- El IVA se revisa aparte, con su propia norma.
Cómo te lo pone más fácil DriveHub
Para un autónomo, el registro útil no es una cifra en euros. Es una imagen fiel de cómo se usa el coche: qué trayectos fueron de trabajo y cuáles privados.
Con el acceso a la ubicación en «Siempre», DriveHub registra cada trayecto en segundo plano y, si alguna vez se le escapa uno, te avisa. DriveHub clasifica la mayoría de los trayectos como Trabajo o Personal según tus lugares, tus rutas anteriores y tu horario laboral, y te pregunta por el resto en Por revisar.
Informes muestra los kilómetros de trabajo y personales de un mes o de un año, y la proporción de trabajo. Esa es la prueba de uso de la que dependen las normas anteriores.
Configura el coche como Autónomo, mi propio coche y el informe español no calcula ningún importe por kilómetro. En su lugar imprime el motivo: "España paga una tarifa por kilómetro solo a un asalariado al que reembolsa un empleador. Al declarar como autónomo, deduces los costes del coche según las reglas de tu país — así que aquí no se calcula ningún importe. Cambia cómo usas este coche en Ajustes si un empleador te reembolsa."
Dónde se detiene DriveHub: para el IRPF no suma los gastos del coche, no decide si el coche está afecto ni aplica una parte o un tope forales. Son cuestiones para ti y tu asesor.
DriveHub está en el App Store para iPhone. Las normas españolas están en la página de España. Configurar el registro automático lleva unos minutos, una sola vez.
Esta página recoge lo que dicen el Reglamento del IRPF, la Ley General Tributaria y las normas forales del impuesto sobre la renta, citando los artículos para que puedas comprobarlo. No es asesoramiento fiscal y no conoce tu situación. Cuando hay dinero de por medio, pregunta a tu asesor — y lleva los registros.
La norma completa, con los textos de los que procede: España: requisitos del registro de kilometraje.
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